La Sala de Situación Covid 19 manifestó estar de acuerdo con la mayor parte de los alcances del Decreto Provincial Nº 1706/2020 y sería de aplicación para esta etapa del plan de desescalada también en los pedidos locales.

El doctor Federico Torgoff mostró gráficos de cómo fue el descenso de casos en las últimas semanas, desde la aparición del aumento de resultados positivos en Las Breñas, como así también el nivel de recuperados, al tiempo que destacó que “el número de cien personas, para nosotros, es lo que podemos manejar en un evento como para hacer seguimiento de los contactos y armar probables árboles de seguimiento epidemiológico” asegurando que la capacidad del hospital es mucho menor ya que se pueden tener hasta diez en la sala de aislamiento y en los casos del último mes se ocupaban 5 o 6 al mismo tiempo.

Para la realización de eventos, reuniones, actos, asambleas, se debe considerar lo dispuesto en el último Decreto Provincial.

La medida, habilita a la realización de eventos culturales, recreativos, musicales, actos de colación de grado, reuniones empresariales, sociales y familiares. Todos estos realizados al aire libre o en espacios abiertos, con hasta 100 personas. En el caso de que se realicen en espacios cerrados, incluyendo los domicilios particulares, el máximo permitido es de 20 personas. El documento aclara que, por el momento, las recepciones estudiantiles no se encuentran habilitadas.

Requisitos y trámite

La norma legal indica que: Para poder realizar los eventos, el decreto requiere el registro del interesado en la plataforma “Tu Gobierno Digital”, donde deberá completar datos como quiénes son los organizadores del evento, ya sean estos personas físicas o jurídicas, el lugar y la fecha programada y la identificación de asistentes y/o invitados.

Además, se realizará un control estricto del cumplimiento de medidas sanitarias de prevención, el cual incluye a organizadores, propietarios del inmueble, personal de servicio, mantenimiento y desinfección de espacios, elementos de uso, instrumentos y sectores comunes.

Aquellos interesados o interesadas en realizar un evento deberán incorporar cartelería en el ingreso al salón o local, que contenga información sobre las medidas de bioseguridad.

Se deberá designar un responsable para coordinar el registro de asistentes, entrega de Declaraciones Juradas de datos, verificación de cumplimiento de medidas y se deberá limitar la concurrencia simultánea de personas en áreas comunes, implementándose varias entradas y salidas e incorporando indicadores visuales que ordenen los espacios habilitados y su ocupación.

El decreto establece que se debe desalentar el desplazamiento de público durante el desarrollo del evento. Las personas asistentes, deberán permanecer preferentemente en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitarios o gastronomía

El documento también define que el evento tendrá una extensión horaria máxima de tres horas, sin contar los tiempos de armado, preproducción y desarme. En el caso de contemplar en una misma jornada más de un evento, el plazo entre los mismos debe ser de dos horas.